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Carta de Garantía anual

La Carta de Garantía debe ser presentada antes del retiro de los contenedores, siendo un requisito indispensable para la liberación de la Autorización de Entrega (Libre Deuda).
 
Les solicitamos respetar estrictamente las instrucciones para la confección de dicha carta.

Toda documentación que no cumpla con los requisitos establecidos será rechazada sin excepción.

La Carta de Garantía y Compromiso deberá ser presentada por el consignatario del Conocimiento de Embarque, cuyo nombre o razón social debe coincidir exactamente con el indicado en esta Carta.

Las condiciones de la Carta de Garantía y los importes de demora o reposición de equipos en ella indicados serán aplicables a los embarques recibidos en los buques arribados a partir del 1 de Enero de 2025 o cargados en origen hasta el 31 de Diciembre de 2024 (según lo indicado en el Conocimiento de Embarque), ambos inclusive.

INSTRUCCIONES

 

1. PRESENTAR EN ORIGINAL, en papel membrete que indique razón social, domicilio y teléfono.

 

2. COMPLETAR los campos resaltados, sin modificar el texto de la carta, indicando el nombre y los datos completos del consignatario, y los demás detalles requeridos. No se aceptarán cartas completadas en forma manuscrita.

3. FIRMAR por representante legal o apoderado del consignatario en cada una de las hojas que se presenten, con sello del escribano en cada hoja y en la unión de las páginas pares e impares.

4. CERTIFICAR la firma únicamente ante escribano público, sin excepción. El firmante debe indicar su carácter y acreditar ser el representante legal o apoderado del consignatario. No se aceptarán cartas firmadas por despachantes de aduana u otros mandatarios o representantes del importador. Las certificaciones deberán ser legalizadas por el colegio respectivo, salvo aquellas emitidas en la Ciudad de Buenos Aires, o en el Gran Buenos Aires.

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